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Comentarios (1)
Ocultar comentariosHola baseire: El grado de discapacidad que dan por perdida auditiva se calcula mediante la medición, en una audiometrÌa, de la pérdida en decibelios en ciertas frecuencias (500, 1000, 2000 y 3000 Hz.), por lo que le solicitarán una copia de su audiometría.
Siempre se calcula la pérdida de los dos oídos según una fórmula que viene en el B.O.E.
Para que pueda hacer un cálculo de lo que le puede corresponder por la audición, le dejo un enlace al decreto del B.O.E. Está en las páginas 3386 a 3390 del B.O.E. del 26/01/2000.
http://www.boe.es/boe/dias/2000/01/26/pdfs/A03317-03410.pdf