Trabajadores con sensibilidad aumentada al ruido
Publicación editada 03/10/2012Determinados trabajadores pueden ser especialmente sensibles al ruido y, por tanto, requerir medidas especiales de protección en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Entre esos trabajadores pueden citarse las mujeres embarazadas (protección del feto), los trabajadores que padezcan o hayan padecido determinadas afecciones, etc.
Las medidas a emplear, en cuya adopción participarán en todo caso los responsables de la vigilancia de la salud, incluirán, en general, reducciones de la exposición mediante medidas organizativas que podrían llegar hasta la retirada del puesto de trabajo.
Entre esos trabajadores pueden citarse las mujeres embarazadas (protección del feto), los trabajadores que padezcan o hayan padecido determinadas afecciones, etc.
Las medidas a emplear, en cuya adopción participarán en todo caso los responsables de la vigilancia de la salud, incluirán, en general, reducciones de la exposición mediante medidas organizativas que podrían llegar hasta la retirada del puesto de trabajo.
Comentarios (0)
Ocultar comentarios