Protectores auditivos
Publicación editada 08/02/2012La utilización de protectores auditivos en los lugares de trabajo con ruido, además de estar sujetos a una legislación, son claramente recomendables para evitar las lesiones auditivas que el ruido produce.
Cuando seleccionemos un determinado protector auditivo habrá que tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
1º.- Los protectores auditivos deben estar siempre aprobados y certificados por organismos oficiales. De acuerdo con la Directiva Europea 89/686/1989 o el Real Decreto 1407/1992, los protectores auditivos son equipos de protección individual (EPI) de categoría II.
2º.- El protector seleccionado debe cumplir con los requisitos de atenuación establecidos. Para que la protección sea efectiva, debe situar al usuario en un nivel diario equivalente de exposición por debajo de 80 dB.
3º.- El confort del trabajador es un factor importante ya que tiene un impacto directo en la correcta utilización del equipo durante todo el tiempo que es necesario. En ese aspecto, es muy importante involucrar al usuario en la elección del protector auditivo (Art. 10-c del R.D. 286/2006).
4º.- Conviene tener en cuenta diversos aspectos en cuanto al ambiente de trabajo y actividad como:
la suciedad, temperatura, humedad relativa.
ruidos de impacto, sonidos de advertencia o indicativos del proceso
las características del ruido (intermitente, continuado, pico).
5º.- Problemas médicos del trabajador: No se recomienda el uso de tapones a aquellas personas que tengan algún tipo de patología ótica como infecciones, malformaciones, etc.
6º.- Compatibilidad con otros EPI tales como cascos, gafas de seguridad, pantallas faciales, mascarillas, etc.
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