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Comentarios (1)
Ocultar comentariosHola Sira: La discapacidad auditiva se calcula en porcentaje, al igual que otras discapacidades. En el caso de la audición, la discapacidad se obtiene mediante una serie de fórmulas que tienen en cuenta la pérdida binaural, es decir, de los dos oídos.
El grado de discapacidad que dan por perdida auditiva se calcula mediante la medición, en una audiometría tonal, de la pérdida en decibelios en ciertas frecuencias (500, 1000, 2000 y 3000 Herzios).
Las fórmulas para calcular la discapacidad vienen en el B.O.E. Está en las páginas 3386 a 3390 del B.O.E. del 26/01/2000.
http://www.boe.es/boe/dias/2000/01/26/pdfs/A03317-03410.pdf
Para tramitar la discapacidad es necesario acudir al especialista en ORL, para obtener un informe que incluya una copia de su audiometría tonal actual.
Además puede añadir cualquier otra enfermedad crónica que pueda padecer.
Lo mejor es acudir a su médico de cabecera y que le envíe a los distintos especialistas que traten las enfermedades que tenga.
Para tramitar la solicitud de discapacidad le pueden ayudar en el Centro de Atención a la Discapacidad de su localidad, o en su Centro de Salud.